La bioética aplica la reflexión moral a la asistencia sanitaria y a la investigación. En el EIR cae sobre todo quién formuló cada conjunto de principios (Belmont, Beauchamp y Childress), la jerarquía de Diego Gracia (mínimos y máximos) y la primacía de la persona en la investigación.
Apuntes para el EIR · versión 2026-09-28 · sin revisión enfermera. Todas las preguntas son reales, de exámenes EIR, con su año y su número; ninguna está escrita por IA. Las respuestas están en el solucionario, al final.
Cómo cae en el EIR
Toca una barra para ver sus preguntas.
EIR 2006 · 1 pregunta
- Pregunta 97De acuerdo con el informe Belmont de 1978, los principios de la bioética son:ResponderDónde se explica
EIR 2007 · 2 preguntas
- Pregunta 95Cuando una persona fundamenta la norma moral en argumentos distintos a su razón práctica, lo hace desde una fuente:ResponderDónde se explica
- Pregunta 96De acuerdo con el informe Belmont, no hacer daño y extremar los posibles beneficios y minimizar los posibles riesgos, al proporcionar cuidad…ResponderDónde se explica
EIR 2011 · 1 pregunta
- Pregunta 17La ética de máximos incluye los principios de:ResponderDónde se explica
EIR 2013 · 2 preguntas
- Pregunta 29El origen de la palabra “BIOÉTICA” se le atribuye a:ResponderDónde se explica
- Pregunta 30Al modelo de fundamentación ética propuesto por Carol Gilligan, en 1982, se le denomina:ResponderDónde se explica
EIR 2014 · 1 pregunta
- Pregunta 36En la prevalencia de los principios bioéticos, los principios de justicia y de no maleficencia se encuadran en una ética:ResponderDónde se explica
EIR 2015 · 3 preguntas
- Pregunta 40Los cuatro principios de la bioética, no maleficencia, beneficencia, justicia y autonomía fueron propuestos:ResponderDónde se explica
- Pregunta 43El modelo de fundamentación ética expuesto por Carol Gilligan se denomina Ética:ResponderDónde se explica
- Pregunta 44A la capacidad de captar los principios por los que se distingue entre lo que es moralmente bueno o malo se le denomina:ResponderDónde se explica
EIR 2018 · 3 preguntas
- Pregunta 3¿Qué es “Fundamentar” en Ética?:ResponderDónde se explica
- Pregunta 4¿Qué principios incluye la denominada Ética de mínimos?:ResponderDónde se explica
- Pregunta 6¿Qué tipos de Comités de Ética existen en la actualidad?:ResponderDónde se explica
EIR 2019 · 2 preguntas
- Pregunta 65¿Cuál de los siguientes principios éticos hace referencia a la sociedad y considera posibles daños a terceras personas?:ResponderDónde se explica
- Pregunta 66¿Qué documento establece los principios éticos para las investigaciones médicas en seres humanos?:ResponderDónde se explica
EIR 2021 · 1 pregunta
- Pregunta 49El Principialismo jerarquizado propuesto por Diego Gracia determina la existencia de una ética de máximos y una ética de mínimos caracteriza…ResponderDónde se explica
EIR 2022 · 1 pregunta
- Pregunta 58Desde el punto de vista ético la investigación biomédica consta de una serie de garantías y premisas de obligado cumplimiento para dar al pr…ResponderDónde se explica
EIR 2023 · 1 pregunta
- Pregunta 157Una de las premisas del informe Belmont asegura en su contenido lo siguiente:ResponderDónde se explica
EIR 2024 · 1 pregunta
- Pregunta 26Durante la labor de atención y cuidado a pacientes los principios bioéticos de autonomía, justicia, no maleficencia y beneficencia pueden en…ResponderDónde se explica
EIR 2025 · 2 preguntas
- Pregunta 16La Enfermería como profesión científica, moderna y dinámica, tiene una gran implicación y papel en la investigación en el campo sanitario. I…ResponderDónde se explica
- Pregunta 20La ética en la práctica clínica está alumbrada por el respeto a los cuatro principios bioéticos. Indique la respuesta correcta:ResponderDónde se explica
EIR 2026 · 4 preguntas
- Pregunta 134La Bioética principialista fue formulada por primera vez por:ResponderDónde se explica
- Pregunta 138¿En qué principio se fundamenta el límite del secreto profesional relacionado con la comunicación de enfermedades infecciosas de declaración…ResponderDónde se explica
- Pregunta 139Respecto a la Declaración de Helsinki, señalar la respuesta correcta:ResponderDónde se explica
- Pregunta 142Una enfermera atiende a un paciente anciano con deterioro cognitivo leve. Durante la planificación del tratamiento, el hijo del paciente pro…ResponderDónde se explica
25 preguntas de este tema en 22 exámenes (2004-2026, ordinarias, clasificación segura).
Lo más repetido
- Diego Gracia: ética de mínimos (no maleficencia y justicia) y de máximos (autonomía y beneficencia) (4 exámenes)
- Beauchamp y Childress: los cuatro principios de la bioética (2 exámenes)
- Declaración de Helsinki: principios éticos de la investigación en humanos (2 exámenes)
- La no maleficencia prima sobre la beneficencia en caso de conflicto (2 exámenes)
- Carol Gilligan: ética del cuidado (2 exámenes)
- Informe Belmont: respeto a las personas, beneficencia y justicia (2 exámenes)
- Bien interno de las profesiones (2 exámenes)
Índice
- Resumen para repasar3
- Puntos clave5
- 1. Qué es la bioética y de dónde sale el término6
- 2. Del Informe Belmont a los cuatro principios de Beauchamp y Childress9
- 3. Los cuatro principios uno a uno13
- 4. Cuando los principios chocan: el principialismo jerarquizado de Diego Gracia16
- 5. Ética del cuidado y ética de las profesiones19
- 6. Ética de la investigación: Helsinki, Oviedo, UNESCO y la Ley de Investigación biomédica21
- 7. Comités de ética y regla del donante muerto25
- Todas las preguntas del tema (28)27
- Preguntas que también podrían ser de este tema (3)35
- Solucionario36
- Fuentes38
Resumen para repasar
1. Qué es la bioética y de dónde sale el término
- Término bioética: Van Rensselaer Potter, 1970, «Bioethics, the Science of Survival»; bioética como puente hacia el futuro F9 F11.
- Hellegers (Kennedy Institute, Georgetown) lo usó en paralelo en 1970; Leopold (ética de la tierra) es referencia, no creador F10 F12.
- Norma moral: para Kant la ley que nos obliga procede de la propia razón práctica; frente a ello, la conciencia como internalización de las reglas del grupo F29.
- Conciencia moral: disposición para atender a la ley moral y distinguir bien y mal F29.
- Fundamentar = justificar racionalmente las normas; somete la norma al diálogo y, al dar razón, evita dogmas inargumentables F30 F31 F41.
- Reich, Encyclopedia of Bioethics: estudio sistemático de la conducta humana en ciencias de la vida y atención sanitaria F13.
2. Del Informe Belmont a los cuatro principios de Beauchamp y Childress
- Informe Belmont (presentado en 1978, publicado en 1979; investigación): respeto a las personas, beneficencia y justicia F2.
- Consentimiento en Belmont: voluntario y con información sobre riesgos y beneficios F2.
- Aplicaciones: consentimiento informado, valoración de riesgos y beneficios, selección de sujetos F2.
- Beneficencia en Belmont = no hacer daño + extremar beneficios y minimizar daños F2.
- Protección de vulnerables según riesgo de daño y probabilidad de beneficio F2.
- Investigación y práctica pueden ir juntas si la investigación evalúa la seguridad y eficacia de una terapia F2.
- Beauchamp y Childress, 1979: cuatro principios (autonomía, no maleficencia, beneficencia, justicia) F14 F15.
3. Los cuatro principios uno a uno
- No maleficencia = «first do no harm» F16.
- Justicia = reparto equitativo; mira a la sociedad F16.
- La enfermera es defensora de los derechos del paciente (CIE 2021) F23.
- Un deterioro cognitivo no anula por sí solo la autonomía: el juicio de incapacidad se reevalúa F2.
- Autonomía (1.ª ed. de Beauchamp y Childress): libertad de actuar mientras no se invada la autonomía de otros F25.
- Secreto = deber limitado; cede ante la notificación obligatoria de enfermedades para evitar daño a terceros F23 F26.
4. Cuando los principios chocan: el principialismo jerarquizado de Diego Gracia
- Diego Gracia, principialismo jerarquizado F1.
- Nivel 1, ética de mínimos: no maleficencia y justicia, obligatorios para todos F1.
- Nivel 2, ética de máximos: autonomía y beneficencia F1.
- En conflicto se procura respetar el nivel 1 por encima: la no maleficencia prima sobre la beneficencia F1.
- Método: deliberación, razonamiento práctico y dialogado que no da certeza F1.
- Primer paso del análisis: valorar la indicación clínica desde la no maleficencia F1.
5. Ética del cuidado y ética de las profesiones
- Carol Gilligan: ética del cuidado, frente a la de la justicia de Kohlberg F17 F18.
- Bien interno (MacIntyre): los bienes internos de la medicina (bienestar, curación, salud) ayudan a determinar qué es un buen médico; olvidarlos hace perder legitimidad social; en enfermería, el cuidado F19 F20 F39 F40.
6. Ética de la investigación: Helsinki, Oviedo, UNESCO y la Ley de Investigación biomédica
- Helsinki (AMM, 1964; revisión 2024): principios éticos de la investigación médica en seres humanos F3.
- Primacía de la persona sobre sociedad y ciencia: Oviedo art. 2, UNESCO 2005 art. 3, Ley 14/2007 art. 2.b F4 F5 F7.
- Riesgos y molestias no desproporcionados a los beneficios; sin beneficio directo, riesgo y carga mínimos F4.
- Ley 14/2007 art. 4.1: se respeta la libre autonomía; consentimiento previo, expreso y escrito (o por otro medio admitido en derecho si no puede escribir) F4.
- Consentimiento expreso, específico y escrito; informe previo favorable del Comité de Ética de la Investigación F4.
- Investigación en emergencia posible, con condiciones y aviso al Ministerio Fiscal F4.
- Datos de salud: excepciones tasadas en la LO 3/2018 F6.
7. Comités de ética y regla del donante muerto
- Comités principales: CEA (órganos consultivos e interdisciplinares) y de investigación (antes CEIC, hoy CEI/CEIm) F8.
- Circular INSALUD 3/95: el Comité Asistencial de Ética es una comisión consultiva e interdisciplinar F44.
- CEI: vela por los derechos, la seguridad y el bienestar de los sujetos F8.
- CEIm: mínimo 10 miembros, con enfermería, un lego y un jurista F8.
- Regla del donante muerto: la muerte precede a la donación F21 F22.
Puntos clave
- Bioética: término de Potter, 1970 F9 F11.
- Belmont: respeto a las personas, beneficencia y justicia F2.
- Beauchamp y Childress, 1979: los cuatro principios F14 F15.
- Mínimos (no maleficencia y justicia) priman sobre máximos (autonomía y beneficencia), según Diego Gracia F1.
- Gilligan: ética del cuidado F17 F18.
- Helsinki: principios éticos de la investigación médica en seres humanos F3.
- En investigación prevalece la persona sobre la sociedad o la ciencia F4 F5.
1. Qué es la bioética y de dónde sale el término
La bioética nace como disciplina a comienzos de los años setenta. El término moderno se suele atribuir al bioquímico y oncólogo estadounidense Van Rensselaer Potter (1911-2001), que lo usó en su artículo «Bioethics, the Science of Survival», publicado en Perspectives in Biology and Medicine en 1970 (vol. 14, núm. 1, págs. 127-153) F9 F11. Ya en los años veinte el pastor alemán Fritz Jahr había usado «Bio-Ethik» para una actitud más compasiva hacia animales y plantas, por lo que el de Potter es un segundo uso conocido del término F10 F11. Potter concebía la bioética como un «puente hacia el futuro» que uniera la biología con los valores, el conocimiento científico con la sabiduría humana F11.
Potter no fue el único. De forma independiente, el obstetra neerlandés André Hellegers y Sargent Shriver también acuñaron «bioethics» en 1970, al abrir en la Universidad de Georgetown el Joseph and Rose Kennedy Institute para el estudio de la reproducción humana y la bioética; según la misma fuente, la definición de Hellegers y Shriver es la que hoy reconocemos F10. La web del propio instituto, hoy Kennedy Institute of Ethics, da como fecha de fundación por Hellegers 1971 F34. La idea de Potter era más amplia, ecológica: quería acercar su disciplina a la ética de la tierra de Aldo Leopold y a la ecología profunda de Arne Næss, y en 1988 acuñó la expresión «bioética global» F12.
Entre 1972 y 1974 el teólogo Warren T. Reich empezó a preparar la Encyclopedia of Bioethics F10, que definió la bioética como un área de estudios interdisciplinares dedicada al estudio sistemático de la conducta humana en el ámbito de las ciencias de la vida y de la atención sanitaria F13.
| Autor | Aportación | Año que da la fuente |
|---|---|---|
| Fritz Jahr | «Bio-Ethik»: primer uso conocido F10 F11 | años veinte |
| Van Rensselaer Potter | Se le atribuye «bioethics» en «Bioethics, the Science of Survival»; bioética como puente hacia el futuro F9 F11 | 1970 |
| André Hellegers (y S. Shriver) | Kennedy Institute (Georgetown) F10 F34 | 1970 según F10; fundación del instituto, 1971 F34 |
| Aldo Leopold | Ética de la tierra, referencia de la bioética de Potter F12 | — |
| Potter | «Bioética global» F12 | 1988 |
| Warren T. Reich | Encyclopedia of Bioethics: estudio sistemático de la conducta humana en ciencias de la vida y atención sanitaria F10 F13 | iniciada en 1972-1974 |
Antes de los principios está la pregunta de dónde nace la obligación moral. Adela Cortina recoge la idea kantiana de que la ley por la que uno se considera obligado procede de su propia razón práctica: el sujeto se obliga a sí mismo F29. El contraste que recoge Cortina es la idea, habitual desde Durkheim y Parsons, de la conciencia moral como internalización de las reglas de los grupos a los que pertenece el individuo F29. Cortina habla además de un componente de obligación interna que no procede de la presión del grupo F29.
La conciencia moral es la disposición sin la cual un ser es incapaz de atender a la ley moral y dejarse afectar por ella (Kant); en sus orígenes están la conciencia de la ley y la vergüenza por infringirla, que dan lugar a la conciencia del bien y del mal morales F29. Tiene bases biológicas, pero no se reduce a ellas, e incluye un componente de obligación interna que no procede de la presión del grupo y que Cortina explica por una ley de la naturaleza, la ley de Dios o la ley de la propia humanidad F29. Es, pues, la disposición que permite captar la ley moral y distinguir lo moralmente bueno de lo malo F29.
Fundamentar en ética es dar razón de las normas morales: una ética filosófica tiene el compromiso de fundamentar racionalmente las decisiones morales y aplicar lo ganado en ese proceso F30. En la ética del discurso, quien argumenta en serio se ve obligado a someter la norma a un diálogo en condiciones lo más próximas posible a la simetría F31. Según la exposición que hace Andino de Cortina, poder dar razón de las opciones y valoraciones morales evita que se vivan como dogmas inargumentables que conducen a la arbitrariedad y al subjetivismo F41; y, según Feito, tomar decisiones sin atender a los fundamentos lleva a la arbitrariedad F38.
Cuando una persona fundamenta la norma moral en argumentos distintos a su razón práctica, lo hace desde una fuente:
- Interna.
- Externa.
- Homogénea.
- Heterogénea.
- Dependiente.
A la capacidad de captar los principios por los que se distingue entre lo que es moralmente bueno o malo se le denomina:
- Acción moral.
- Conciencia moral.
- Libertad moral.
- Ideal moral.
- Capacidad moral.
¿Qué es “Fundamentar” en Ética?:
- Dar respuesta “con fundamento” a las preguntas que nos presenta la profesión.
- Es dar razón que justifique los principios o normas morales. Abre la vía del diálogo y es una salvaguarda contra el dogmatismo.
- Encontrar respuesta a las preguntas fundamentales que nos hacen los pacientes.
- Dar la respuesta más adecuada a las preguntas de los pacientes, basadas en nuestros principios.
El término bioética se atribuye a Potter, 1970 F9 F11 (con el antecedente de Jahr F10). Hellegers (Georgetown) lo usó en paralelo y Leopold es una referencia de la ética ecológica de Potter, no el creador del término F10 F12.
El origen de la palabra “BIOÉTICA” se le atribuye a:
- Diego Gracia, en 1989.
- Andre Hellegers, en 1971.
- Van Rensselaer Potter, en 1970.
- Aldo Leopold, en 1988.
- Margaret Mead, en 1957.
2. Del Informe Belmont a los cuatro principios de Beauchamp y Childress
El Informe Belmont («Ethical Principles and Guidelines for the Protection of Human Subjects of Research») es obra de la Comisión Nacional para la Protección de los Sujetos Humanos de la Investigación Biomédica y del Comportamiento de Estados Unidos; el texto que conserva el Departamento de Salud (HHS/OHRP) lleva fecha de 18 de abril de 1979, la de su publicación F2; la Comisión lo había presentado el 30 de septiembre de 1978, según la guía de comités de ética de la OHRP F33. Es un documento de ética de la investigación con seres humanos F2.
Belmont formula tres principios básicos: respeto a las personas, beneficencia y justicia F2. De cada principio deriva un requisito práctico: el respeto a las personas se expresa en el consentimiento, la beneficencia en la valoración de riesgos y beneficios, y la justicia en procedimientos equitativos de selección de los sujetos F2.
| Principio (Belmont) | Contenido | Aplicación que genera |
|---|---|---|
| Respeto a las personas | Tratar a los individuos como agentes autónomos y proteger a quienes tienen la autonomía disminuida (dos exigencias morales separadas) F2 | Consentimiento informado: información, comprensión y voluntariedad F2 |
| Beneficencia | Entendida como obligación, con dos reglas: (1) no hacer daño y (2) extremar los posibles beneficios y minimizar los posibles daños F2 | Valoración de riesgos y beneficios F2 |
| Justicia | ¿Quién debe recibir los beneficios de la investigación y quién soportar sus cargas? «Equidad en la distribución» o «lo que es merecido» F2 | Selección de los sujetos con procedimientos y resultados equitativos F2 |
El Informe Belmont no tiene un principio de no maleficencia separado: «no hacer daño» y «extremar beneficios y minimizar riesgos» son las dos reglas de la beneficencia F2. La no maleficencia como principio independiente aparece en los cuatro principios de Beauchamp y Childress F15.
Sobre el consentimiento informado, Belmont exige que los sujetos entren en la investigación voluntariamente y con información adecuada: el procedimiento, sus propósitos, riesgos y beneficios previstos, las alternativas y la posibilidad de preguntar y retirarse en cualquier momento; un acuerdo solo es consentimiento válido si se da voluntariamente F2.
Belmont trata también la protección de las personas con autonomía disminuida: la capacidad de autodeterminación madura a lo largo de la vida y algunas personas la pierden, total o parcialmente, por enfermedad, discapacidad mental o circunstancias que restringen gravemente la libertad; el grado de protección debe depender del riesgo de daño y de la probabilidad de beneficio, y el juicio de que alguien carece de autonomía debe reevaluarse periódicamente y varía según la situación F2.
Para las personas que se puedan considerar incompetentes (niños pequeños, personas con discapacidad mental, enfermos terminales, comatosos), Belmont pide considerar cada clase en sus propios términos. Aun así, el respeto exige darles la oportunidad de elegir, en la medida en que puedan, si participan o no en la investigación; sus objeciones a participar deben respetarse, salvo que la investigación ofrezca una terapia que no está disponible en otro lugar; y el respeto exige además buscar el permiso de terceros para proteger a esas personas del daño F2.
Sobre la frontera entre práctica e investigación, Belmont llama «práctica» a las intervenciones diseñadas solo para mejorar el bienestar de un paciente con una expectativa razonable de éxito, e «investigación» a la actividad diseñada para probar una hipótesis y aportar conocimiento generalizable F2. Y afirma: la investigación y la práctica pueden llevarse a cabo juntas cuando la investigación está diseñada para evaluar la seguridad y la eficacia de una terapia; si una actividad tiene cualquier elemento de investigación, debe someterse a revisión para proteger a los sujetos F2.
De acuerdo con el informe Belmont de 1978, los principios de la bioética son:
- Autonomia, no maledicencia y justicia.
- Respecto por las personas, beneficencia y justicia.
- Extremar los beneficios y minimizar los riesgos.
- Respecto por la dignidad de la persona y autonomía.
- Hacer el bien al enfermo, aun sin contar con él, y no malidicencia.
De acuerdo con el informe Belmont, no hacer daño y extremar los posibles beneficios y minimizar los posibles riesgos, al proporcionar cuidados enfermeros, son expresiones básicas del principio de:
- Beneficencia.
- No maledicencia.
- Autonomía.
- Justicia.
- Respeto.
El documento que sienta los principios de la Bioética respecto a la autonomía de las personas, beneficencia y justicia, y fija los requisitos básicos del consentimiento informado, la valoración de riesgos y beneficios y la selección de los sujetos es:
- La Declaración de Helsinki de 1964.
- El Informe Belmont de 1978.
- Los principios de la Ética Biomédica de 1979.
- El Convenio de Oviedo de 1997.
- El Código Deontológico.
Una de las premisas del informe Belmont es:
- La investigación y la práctica pueden llevarse a cabo juntas cuando la primera está diseñada para evaluar la seguridad y la eficacia de la segunda.
- Define como básicos los principios de beneficencia, justicia y utilidad en la práctica clínica e investigación.
- El grado de protección en investigación de las personas vulnerables dependerá de la probabilidad de obtener beneficio y de la propia decisión de la persona sujeta a investigación.
- Las aplicaciones de la investigación conducen a considerar la necesidad de la existencia de un consentimiento informado y la reciprocidad de los beneficios en investigación.
Una de las premisas del informe Belmont asegura en su contenido lo siguiente:
- Define como básicos en investigación biomédica los principios de beneficencia, justicia y utilidad en la práctica sanitaria y en investigación biomédica.
- Establece el respeto a la autonomía de la persona y la capacidad de decisión de no participar en una investigación una vez explicados los riesgos y beneficios de la misma, salvo en los casos de pacientes incapacitados o menores de edad.
- El grado de protección en investigación de las personas vulnerables dependerá de la probabilidad de obtener beneficio y de la propia decisión de la persona sujeta a investigación.
- La obligación de obtener un consentimiento informado donde el sujeto sometido a investigación biomédica acepta libremente participar tras una amplia explicación de riesgos y beneficios de la investigación.
En el mismo año, Tom L. Beauchamp y James F. Childress publicaron Principles of Biomedical Ethics (1.ª edición, 1979; hoy en su 8.ª edición), uno de los manuales de ética más influyentes del mundo anglosajón F14. Su enfoque, el principialismo, propone cuatro principios morales: respeto a la autonomía, no maleficencia, beneficencia y justicia F15. El paradigma principialista fue enunciado por Beauchamp y Childress en 1979 F1, y en el Reino Unido analizar los problemas bioéticos con estos cuatro principios es hoy práctica habitual F14.
| Informe Belmont | Beauchamp y Childress | |
|---|---|---|
| Año | Presentado en 1978, publicado en 1979 F2 F33 | 1979, 1.ª ed. F14 |
| Ámbito | Investigación con seres humanos F2 | Ética biomédica F14 |
| Principios | 3: respeto a las personas, beneficencia, justicia F2 | 4: autonomía, no maleficencia, beneficencia, justicia F15 |
| No hacer daño | Regla de la beneficencia F2 | Principio propio: no maleficencia F15 |
Tres principios = Belmont (respeto a las personas, beneficencia, justicia) F2. Cuatro principios = Beauchamp y Childress, 1979: la bioética principialista se formula con ellos F1 F14 F15. Diego Gracia no los propone: los jerarquiza (sección 4) F1.
Los cuatro principios de la bioética, no maleficencia, beneficencia, justicia y autonomía fueron propuestos:
- Por Beauchamp y Childress.
- En el Informe Belmont.
- En el Convenio de Oviedo.
- En la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Por Diego Gracia.
La Bioética principialista fue formulada por primera vez por:
- Diego Gracia Guillén.
- Warren Thomas Reich.
- Aldo Leopold.
- Beauchamp y Childress.
3. Los cuatro principios uno a uno
| Principio | Qué exige | Idea asociada |
|---|---|---|
| No maleficencia | No hacer daño F16 F28 | «First do no harm» («lo primero, no hacer daño»), análogo en salud pública del juramento hipocrático F16 |
| Beneficencia | Actuar para promover el bienestar de los demás F16 F28 | Hacer el bien al paciente F28 |
| Autonomía | En la 1.ª edición de Beauchamp y Childress: mientras sus actos no invadan la autonomía de otros, la persona autónoma debe ser libre de hacer lo que desee, aunque suponga un riesgo serio para ella F25 | Consentimiento informado F2 |
| Justicia | Equilibrar la asignación de recursos sanitarios, oportunidades de tratamiento, responsabilidades sociales, riesgos y beneficios para una distribución equitativa entre los individuos y la sociedad F16 | Mira a la sociedad: reparto justo F16 F20 |
La no maleficencia se resume en el aforismo «first do no harm» («lo primero, no hacer daño»), que F16 presenta como el análogo, en salud pública, del juramento hipocrático F16. La beneficencia es contribuir al bienestar de otros F16. En la justicia entran evitar la discriminación y el reparto equitativo F16. En la formulación de la 1.ª edición de Beauchamp y Childress, la autonomía implica que la persona autónoma sea libre de actuar como desee mientras no invada la autonomía de otros F25.
El principio bioético que se basa en el criterio primum non nocere es el de:
- Responsabilidad.
- Autonomía.
- Beneficencia.
- No maleficencia.
- Justicia.
La justicia es el principio que se ocupa del reparto de recursos, riesgos y beneficios entre los individuos y la sociedad F16; entre sus rasgos está evitar privar a alguien de beneficios sin una justificación fuerte y evitar imponer una carga excesiva a otros F16. En enfermería, los principios de justicia y no maleficencia comprometen a la enfermera a la distribución justa de recursos y a la minimización del daño al paciente F27. La justicia sanitaria obliga a considerar a la vez el bien del paciente y la adecuada distribución de los recursos F20.
¿Cuál de los siguientes principios éticos hace referencia a la sociedad y considera posibles daños a terceras personas?:
- No-maleficencia.
- Beneficencia.
- Justicia.
- Autonomía.
La enfermera actúa como defensora del paciente. El Código de Ética del CIE (2021) dice que las enfermeras son defensoras de los derechos de los pacientes, y define abogar o defender como apoyar activamente un derecho y apoyar a otros a hablar por sí mismos o en nombre de quienes no pueden hablar por sí mismos, siempre en última instancia con el consentimiento de la persona F23. La literatura enfermera española describe la figura de la enfermera como abogada o defensora del paciente, cuya tarea es proteger y defender sus derechos; en ese modelo (la enfermera representante de los años sesenta y setenta) el fundamento ético de la obligación de cuidar era el principio de autonomía, mientras que en el modelo profesional actual se fundamenta en los cuatro principios F27.
Según Belmont, el juicio de que una persona carece de autonomía varía según la situación y debe reevaluarse periódicamente, y el respeto exige darle la oportunidad de elegir en la medida en que pueda F2.
Una enfermera atiende a un paciente anciano con deterioro cognitivo leve. Durante la planificación del tratamiento, el hijo del paciente propone modificar la medicación sin consultar al médico. Ante esta situación y desde la perspectiva ética ¿cómo debe actuar la enfermera?:
- Aplicando el principio de justicia distributiva.
- Como representante del paciente, defendiendo su autonomía y bienestar.
- Apoyando la decisión de la familia, al considerar que el paciente, debido a su deterioro cognitivo, no tiene capacidad para comprender su situación clínica ni el tratamiento indicado.
- Imponiendo un tratamiento al paciente por considerar que lo necesita sin tener en cuenta su capacidad de decisión.
El secreto profesional tiene límites. El Código del CIE lo llama un deber limitado, que en ocasiones puede ser anulado por una ley o reglamento, por ejemplo la notificación obligatoria de enfermedades específicas F23. Las enfermedades de declaración obligatoria (meningitis, gripe, tuberculosis, hepatitis, sífilis) se recogen en registros porque suponen un riesgo para la salud de la comunidad F26. Y en un caso clínico como el de un enfermo de tuberculosis bacilífera que convive con compañeros de piso, la fuente justifica revelar la mínima información necesaria para evitar el daño a terceros F26. El código deontológico de la enfermería española de 1989/1998 pedía informar al paciente de los límites del secreto y no adquirir compromisos bajo secreto que dañen a terceros o a un bien público; y si había que romperlo por motivos legales, reducir al mínimo la información revelada y el número de personas que la conocen F24. El código vigente, de 2026, lo mantiene: la enfermera «informa a la persona atendida de los límites del secreto profesional y no adquiere compromisos que puedan dañar a terceros o a un bien público», y solo revela información dentro de esos límites y de acuerdo con la legislación, exponiendo «la información estrictamente requerida» (art. 29) F37. El Consejo General de Enfermería aprobó en diciembre de 2025 un nuevo Código Ético y Deontológico, cuyo art. 29 mantiene que la enfermera no adquiere compromisos que puedan dañar a terceros o a un bien público F35; una nota de prensa del propio Consejo, fechada el 24 de abril de 2026, lo da ya en vigor F42.
Dos preguntas usan la idea de «terceros» con claves distintas. En EIR2019-065 («hace referencia a la sociedad y considera posibles daños a terceras personas») la respuesta oficial es la justicia: F16 la presenta como el principio del reparto entre los individuos y la sociedad, que incluye evitar imponer una carga excesiva a otros F16; ninguna fuente consultada dice que la justicia atienda expresamente a los «daños a terceros». En EIR2026-138 el límite del secreto por las EDO se funda, según la respuesta oficial, en la no maleficencia: la notificación se hace porque las EDO suponen un riesgo para la salud de la comunidad F26, y no dañar es el contenido de la no maleficencia F16. Un análisis ético de un caso de salud mental con riesgo vital para un tercero identificado pone en conflicto la confidencialidad (autonomía) con la salud y la vida del tercero (no maleficencia), y considera que transgrede la no maleficencia el curso en que el terapeuta no informa a nadie y además no hace nada por persuadir al paciente F43. Ninguna de las fuentes consultadas atribuye expresamente el límite del secreto por las EDO a un principio concreto F23 F26.
¿En qué principio se fundamenta el límite del secreto profesional relacionado con la comunicación de enfermedades infecciosas de declaración obligatoria?:
- Justicia.
- Beneficencia.
- No maleficencia.
- Autonomía.
4. Cuando los principios chocan: el principialismo jerarquizado de Diego Gracia
El bioeticista español Diego Gracia elaboró una propuesta metódica, alternativa a la jerarquización casuística (en función de cada caso), que ordena los cuatro principios en dos niveles: es el principialismo jerarquizado F1. Lo expuso en Fundamentos de bioética (1989) F38.
| Nivel 1 | Nivel 2 | |
|---|---|---|
| Principios | No maleficencia y justicia F1 | Autonomía y beneficencia F1 |
| Tipo de ética | Ética de mínimos F1 | Ética de máximos F1 |
| Carácter | Objetivo y de obligado cumplimiento para todos F1 | Búsqueda individual de la felicidad, proyectos de vida subjetivos F1 |
| En caso de conflicto | Se respeta por encima F1 | Cede ante el nivel 1 F1 |
La regla de prioridad es explícita: cuando colisionan principios de distinto nivel, se ha de procurar respetar los de nivel 1 (no maleficencia y justicia) por encima de los de nivel 2 (autonomía y beneficencia) F1. Así, como regla general, si la no maleficencia choca con la beneficencia, prima la no maleficencia; la autonomía y la beneficencia ceden ante ella F1. En el método de análisis, el primer paso es valorar la indicación clínica desde la no maleficencia F1. Feito resume esa organización así: los principios de una ética de máximos, o privada, y los de una ética de mínimos, que se refiere a lo público y donde se sitúan la no maleficencia y la justicia F38.
Mínimos → No maleficencia + Justicia: «No Jugar con lo mínimo». Máximos → Autonomía + Beneficencia: «Aspirar al Bien», el proyecto de vida de cada uno F1.
La ética de máximos incluye los principios de:
- No maleficencia y justicia.
- Autonomía y beneficencia.
- No maleficencia y beneficencia.
- Justicia y autonomía.
- Autonomía y no maleficencia.
En la prevalencia de los principios bioéticos, los principios de justicia y de no maleficencia se encuadran en una ética:
- De máximos.
- De mínimos.
- Deontológica.
- Pluralista.
- De excelencia.
¿Qué principios incluye la denominada Ética de mínimos?:
- Principios de autonomía y de beneficencia.
- Principios de autonomía y de justicia.
- Principios de no maleficencia y de beneficencia.
- Principios de no maleficencia y de justicia.
El Principialismo jerarquizado propuesto por Diego Gracia determina la existencia de una ética de máximos y una ética de mínimos caracterizada cada una de ellas por dos principios de los cuatro que conforman la Bioética, de forma que si los principios bioéticos entran en conflicto se deben preservar y proteger en primera instancia los siguientes:
- Autonomía y beneficencia.
- Beneficencia y justicia.
- Justicia y autonomía.
- No maleficencia y justicia.
Para resolver los conflictos, Gracia propone la deliberación: un razonamiento práctico que tiene por objeto tomar decisiones, presupone el diálogo y no da certeza, porque siempre está afectado por la incertidumbre; es la búsqueda de la racionalidad, o al menos de la «racionabilidad», en el mundo de la incertidumbre F1.
Durante la labor de atención y cuidado a pacientes los principios bioéticos de autonomía, justicia, no maleficencia y beneficencia pueden entrar en conflicto. Indique la respuesta correcta:
- El principio bioético de autonomía y beneficencia primarán en caso de entrar en conflicto con el principio bioético de no maleficencia.
- El principio de no maleficencia determina de forma específica la no discriminación de ninguna persona en la labor asistencial, protegiendo de forma especial a aquellas personas menos desfavorecidas.
- El principio de justicia determina la libertad personal de cada paciente, que bien informado decide sobre lo que es bueno para él.
- El principio de no maleficencia primará si éste entra en conflicto con el principio bioético de beneficencia.
La ética en la práctica clínica está alumbrada por el respeto a los cuatro principios bioéticos. Indique la respuesta correcta:
- El principio de Beneficencia es el principio bioético rector de todo acto asistencial de Enfermería.
- Los principios de Beneficencia y Justicia priman en el desarrollo de la práctica clínica sobre el principio de Autonomía del paciente.
- El principio de No Maleficencia primará en todo acto asistencial de Enfermería cuando entre en conflicto con el principio bioético de Beneficencia.
- El principio de Autonomía decisoria prima en el desarrollo de la investigación biomédica siempre que no entre en conflicto con el principio de Beneficencia.
5. Ética del cuidado y ética de las profesiones
La psicóloga Carol Gilligan discutió la teoría del desarrollo moral de Kohlberg: sostuvo que el razonamiento de las mujeres al tomar decisiones morales es distinto, pero no menos lógico ni maduro que el de Kohlberg y Kant F17. Según Gilligan, los hombres tienden a definir y resolver los problemas morales dentro del marco de la justicia F17; frente a esa orientación de la justicia (Kohlberg), ella describió la orientación moral del cuidado F18. Su modelo es la ética del cuidado F17 F18.
| Ética de la justicia | Ética del cuidado | |
|---|---|---|
| Autor de referencia | Kohlberg F18 | Carol Gilligan F18 |
| Orientación moral | «Justicia» F18 | «Cuidado» F18 |
Al modelo de fundamentación ética propuesto por Carol Gilligan, en 1982, se le denomina:
- Ética de Máximos.
- Ética del Deber.
- Ética de los Principios.
- Ética del Cuidado.
- Ética de Mínimos.
El modelo de fundamentación ética expuesto por Carol Gilligan se denomina Ética:
- De Máximos.
- Del Deber.
- Del Cuidado.
- De Mínimos.
- De la Justicia.
La ética de las profesiones usa el concepto de bien interno, tomado de Alasdair MacIntyre. Una «práctica» es una forma coherente y compleja de actividad humana cooperativa, socialmente establecida, a través de la cual se realizan bienes internos a esa actividad, al intentar alcanzar los estándares de excelencia propios de ella y que en parte la definen F19 F36. Los bienes internos solo se consiguen realizando esa actividad y buscando la excelencia en ella F19.
Couceiro lo aplica a las organizaciones sanitarias: toda empresa tiene un bien interno principal que la legitima socialmente, y en las sanitarias es satisfacer las necesidades de los pacientes para mejorar su salud, aliviar el dolor o acompañar en la muerte F20. Los problemas éticos aparecen cuando se olvida el fin que legitima la actividad y los medios se convierten en el fin F20. Según el argumento de Dean que expone un ensayo de Medwave, toda actividad se orienta hacia un bien interno que define su identidad y su estándar de excelencia; en la medicina es restablecer la salud y aliviar el dolor, y quien busca bienes externos (dinero, prestigio, fama) olvida el sentido de su profesión y pierde legitimidad social F39. En enfermería, el bien interno es el cuidado: la enfermería tiene su bien interno, sus virtudes, sus reglas y su tradición, y quien decide ser enfermero se compromete con esa estructura, que lo impulsa a buscar los bienes de excelencia F40. Según una revisión sobre la formación del médico, los bienes internos de la medicina (bienestar, curación y salud) ayudan a determinar lo que es ser un buen médico F19. Según la definición de MacIntyre, el bien interno está en la propia actividad y solo se obtiene realizándola F19.
Que las profesiones tengan un “bien interno” que las define, significa que tienen:
- Un compromiso moral y unos fines que han de alcanzarse mediante el cumplimiento de ciertos principios y la observancia de ciertos valores.
- Una ética profesional intrínseca a esa profesión que la define, la dota de sentido y justifica su existencia y su valor.
- Que ser desarrolladas por profesionales altamente cualificados académicamente.
- Que sustentarse por leyes y normas dictadas por los máximos responsables sanitarios.
- Las alternativas 1 y 2 son las correctas.
Que las profesiones tengan un “bien interno” que las define, significa que tienen:
- Un compromiso moral y unos fines que han de alcanzarse mediante el cumplimiento de ciertos principios y la observación de ciertos valores.
- Una ética profesional intrínseca a esa profesión que la define, la dota de sentido y justifica su existencia y valor.
- Que ser desarrolladas por profesionales altamente cualificados académicamente.
- Que sustentarse por leyes y normas dictadas por los máximos responsables sanitarios.
- Las respuestas 1 y 2 son las correctas.
6. Ética de la investigación: Helsinki, Oviedo, UNESCO y la Ley de Investigación biomédica
| Documento | Quién y cuándo | Qué establece |
|---|---|---|
| Informe Belmont | Comisión Nacional de EE. UU.; presentado en 1978, publicado en 1979 F2 F33 | Respeto a las personas, beneficencia y justicia; consentimiento, riesgos/beneficios y selección de sujetos F2 |
| Declaración de Helsinki | Asociación Médica Mundial; adoptada en Helsinki en 1964; última revisión, Helsinki, octubre de 2024 F3 | Principios éticos para las investigaciones médicas con participantes humanos F3 |
| Convenio de Oviedo | Consejo de Europa, 4 de abril de 1997; en España, BOE de 20 de octubre de 1999 F5 | Derechos humanos y biomedicina: primacía del ser humano, experimentación F5 |
| Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos | UNESCO, 19 de octubre de 2005 F7 | Cuestiones éticas de la medicina, las ciencias de la vida y las tecnologías conexas; va dirigida a los Estados F7 |
| Ley 14/2007 de Investigación biomédica | España, 3 de julio de 2007 F4 | Principios y garantías de la investigación biomédica F4 |
La Declaración de Helsinki de la AMM recoge los principios éticos para orientar la investigación médica en seres humanos; su título vigente es «Principios éticos para las investigaciones médicas con participantes humanos», se adoptó en 1964 y se ha revisado varias veces, la última en octubre de 2024 F3. El documento que enuncia respeto, beneficencia y justicia es el Informe Belmont F2.
¿Qué documento establece los principios éticos para las investigaciones médicas en seres humanos?:
- Declaración de los Derechos Humanos.
- Convenio de Oviedo.
- Declaración de Helsinki.
- Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos.
Respecto a la Declaración de Helsinki, señalar la respuesta correcta:
- Define la atención primaria como un conjunto esencial para la promoción de la salud.
- Expone los límites del secreto profesional.
- Establece los principios éticos para orientar la investigación en seres humanos.
- Define Beneficencia, Respeto y Justicia en el ámbito asistencial.
Estos textos coinciden en la primacía de la persona sobre la ciencia. Helsinki: los objetivos de la investigación nunca deben tener primacía sobre los derechos y los intereses de la persona que participa F3. Oviedo (art. 2): el interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia F5. UNESCO (art. 3): los intereses y el bienestar de la persona deberían tener prioridad con respecto al interés exclusivo de la ciencia o la sociedad F7. Y la Ley 14/2007 (art. 2.b): la salud, el interés y el bienestar del ser humano que participe en una investigación biomédica prevalecerán por encima del interés de la sociedad o de la ciencia F4.
La Ley 14/2007 desarrolla la autonomía de la persona en investigación: el art. 4.1 dice que se respetará la libre autonomía de las personas que puedan participar en una investigación biomédica, para lo que será preciso que hayan prestado previamente su consentimiento expreso y escrito tras recibir la información adecuada (si no pudiera escribir, el consentimiento podrá prestarse por cualquier medio admitido en derecho); y su exposición de motivos establece que la libre autonomía de la persona es el fundamento del que se derivan los derechos a otorgar el consentimiento y a obtener la información previa F4.
Garantías de la Ley 14/2007 que más caen F4:
- Riesgos proporcionados: la investigación no deberá implicar para el ser humano riesgos y molestias desproporcionados en relación con los beneficios potenciales (art. 14.2); solo se hace en ausencia de alternativa de eficacia comparable (art. 14.1) y, sin beneficio directo para el sujeto, con riesgo y carga mínimos (art. 14.3) F4.
- Consentimiento expreso, específico y escrito de la persona o de su representante legal (art. 13), con información sobre propósito, plan, molestias, riesgos y beneficios (art. 15.2) F4.
- Informe previo y preceptivo favorable del Comité de Ética de la Investigación, sin el cual no puede autorizarse ni desarrollarse el proyecto (arts. 2.e y 12) F4.
- Emergencia: se puede investigar en situaciones clínicas de emergencia en que la persona no pueda prestar su consentimiento, con condiciones: que no puedan hacerse investigaciones de eficacia comparable en personas fuera de esa situación; si no es previsible un beneficio para la salud del paciente, que conlleve el mínimo riesgo e incomodidad; puesta en conocimiento del Ministerio Fiscal; y respeto a cualquier objeción expresada antes por el paciente (art. 21) F4. Helsinki admite investigar sin consentimiento con participantes incapaces física o mentalmente (p. ej. inconscientes) si esa condición es una característica necesaria del grupo investigado, el representante legal no está disponible, la investigación no puede retrasarse y el protocolo, que lo prevé, lo aprueba un comité de ética de la investigación F3.
- Confidencialidad: protección de la intimidad y tratamiento confidencial de los datos personales (art. 5.1); ceder datos a terceros ajenos a la asistencia o a la investigación exige consentimiento expreso y escrito (art. 5.2) F4.
Los datos de salud en investigación se rigen por la disposición adicional decimoséptima de la LO 3/2018 F6. La persona puede consentir el uso de sus datos para investigación en salud; la reutilización sin nuevo consentimiento solo es lícita para finalidades o áreas de investigación relacionadas con aquella para la que se consintió, y con informe previo favorable del comité de ética de la investigación; los datos seudonimizados pueden usarse con separación técnica y funcional y compromiso de no reidentificar; y los estudios sin consentimiento en situaciones de excepcional relevancia y gravedad para la salud pública están reservados a las autoridades sanitarias e instituciones públicas con competencias en vigilancia de la salud pública F6.
En investigación prevalece la persona (su salud, interés y bienestar) sobre el interés de la sociedad o de la ciencia F4 F5, y los riesgos y molestias no pueden ser desproporcionados a los beneficios potenciales (Oviedo habla de riesgos) F4 F5. Según Helsinki, los objetivos de la investigación nunca deben tener primacía sobre los derechos y los intereses del participante F3.
La Enfermería como profesión científica, moderna y dinámica, tiene una gran implicación y papel en la investigación en el campo sanitario. Indique la respuesta correcta:
- La investigación en el campo sanitario implica la protección de datos especialmente sensibles y de carácter personal, pudiendo ser estos empleados en la investigación con finalidad diferente para la que han sido recogidos, sin la necesidad de consentimiento por parte de la persona afectada, siempre que la especial trascendencia de la investigación lo justifique.
- Los datos clínicos sensibles y de carácter personal utilizados en investigación pueden ser utilizados sin el consentimiento de la persona, siempre que se mantenga el deber de confidencialidad de los mismos y haya sido consensuado por los investigadores principales.
- El principio de autonomía decisoria de la persona sujeta a investigación, vertebra toda investigación biomédica salvo en los casos en que la persona renuncie a ello o la investigación tenga un nivel de trascendencia que la justifique.
- La investigación en salud debe proteger el principio de autonomía decisoria de la persona, prevaleciendo en todo el proceso su salud, bienestar y seguridad por encima del interés de la sociedad o de la ciencia.
Desde el punto de vista ético la investigación biomédica consta de una serie de garantías y premisas de obligado cumplimiento para dar al proceso la necesaria salvaguarda ético-legal. Señale la respuesta correcta:
- Desde el punto de vista ético la investigación biomédica garantiza que el interés y el bienestar de la sociedad o de la ciencia prevalecerá sobre el interés y el bienestar de la persona que participe en una investigación de éste tipo.
- Éticamente la investigación biomédica debe asegurar que la persona sujeta a investigación no sufre riesgos o molestias desproporcionadas a los beneficios potenciales que se puedan obtener de la misma.
- Desde el punto de vista ético y legal no se puede iniciar una investigación biomédica en los casos en que la persona por su situación clínica de emergencia no pueda otorgar su consentimiento.
- Si la investigación biomédica tiene la necesaria trascendencia e importancia clínica se procederá a retrasar o privar a los participantes de los procedimientos médicos, diagnósticos o terapéuticos que sean necesarios para su estado de salud.
7. Comités de ética y regla del donante muerto
Los dos tipos principales de comités de ética en los centros sanitarios españoles son los Comités de Ética Asistencial (CEA), regulados por las comunidades autónomas F32, y los comités de ética de la investigación F8. Estos últimos se llamaban Comités Éticos de Investigación Clínica (CEIC); la Ley 14/2007 dispuso que dejarían de existir al constituirse los Comités de Ética de la Investigación (CEI), y las referencias a los CEIC del texto refundido de la Ley de garantías de los medicamentos se entienden hechas a los CEIm F8.
| Comité | Definición y datos |
|---|---|
| CEI (Comité de Ética de la Investigación) | Órgano independiente y multidisciplinar que vela por la protección de los derechos, la seguridad y el bienestar de los sujetos de un proyecto de investigación biomédica y ofrece garantía pública mediante un dictamen F8 |
| CEIm (con medicamentos) | CEI acreditado además para dictaminar estudios clínicos con medicamentos e investigaciones clínicas con productos sanitarios; mínimo diez miembros, entre ellos un diplomado o graduado en enfermería, un miembro lego y dos ajenos a las profesiones sanitarias (uno licenciado o graduado en derecho) F8 |
| CEA (Comité de Ética Asistencial) | Ejemplo de definición autonómica (Galicia): órgano consultivo e interdisciplinar, al servicio de profesionales y usuarios, que analiza y asesora en la resolución de conflictos éticos de la labor asistencial para mejorar la dimensión ética de la práctica clínica F32. Si el centro tiene un CEA, un miembro suyo debe formar parte del CEIm F8 |
Según la Circular 3/95 del INSALUD (fecha 30-3; el documento no indica el año y no consta que siga vigente), el Comité Asistencial de Ética es una comisión consultiva e interdisciplinar, creada para analizar y asesorar en la resolución de los posibles conflictos éticos de la práctica clínica en las instituciones sanitarias, con el objetivo final de mejorar la calidad de la asistencia F44. Como composición orientativa señala 3 o 4 médicos asistenciales, 3 o 4 enfermeras/os, 3 profesionales no sanitarios de la institución, un licenciado en derecho (siempre que sea posible) y 1 o 2 personas ajenas a la institución y a las profesiones sanitarias; el personal directivo del hospital y de atención primaria no debe formar parte F44. En Galicia, el Decreto 101/2021 (DOG de 9-7-2021) añadió una letra f) al art. 6 del Decreto 177/2000: asesorar y emitir informes sobre las cuestiones éticas relacionadas con la práctica clínica para garantizar los derechos de las personas enfermas terminales, así como los derechos y deberes de las y los profesionales que las atiendan F45.
¿Qué tipos de Comités de Ética existen en la actualidad?:
- Comités de Ética para las Familias de los Enfermos y Comités de Ética Asistencial.
- Comités de Ética para la vigilancia del Gasto Sanitario y Comités de Ética de la Investigación.
- Comités de Ética Asistencial o Asistenciales de Ética y Comités Éticos de Investigación Clínica.
- Comités éticos para la Mejora de la Practica Asistencial y Comités Éticos de Vigilancia Farmacológica.
La respuesta oficial de EIR2018-006 es la 3: comités de ética asistencial y Comités Éticos de Investigación Clínica (CEIC), aunque el enunciado pregunta por los que existen «en la actualidad». Pero la Ley 14/2007 dispuso que los CEIC dejarían de existir al constituirse los CEI, y las referencias a los CEIC se entienden hechas a los CEIm F8: hoy los comités de ética de la investigación se llaman CEI o CEIm. Los comités de ética asistencial sí existen F32. La respuesta oficial es la 3.
En trasplantes rige la regla del donante muerto (dead donor rule): exige que la muerte preceda a la donación de órganos y que no se mate a pacientes vivos para obtener órganos F21. Es el criterio considerado esencial para que la extracción de órganos vitales sea ética: el donante debe estar muerto F22. Donde más se discute hoy es en la donación en asistolia tras la retirada del soporte vital F22.
El principio conocido como “Ley del Donante Muerto” (Dead Donor Rule), fundamental en bioética y medicina de trasplantes, establece que:
- Los órganos no podrán extraerse del donante por equipos que participen en el cuidado del paciente en la última etapa de la vida, para evitar conflictos de intereses.
- Los órganos pueden extraerse si el pronóstico vital es terminal, aunque el paciente no haya fallecido.
- Los órganos solo pueden extraerse de donantes legal y éticamente fallecidos, y el acto de extracción no debe causar la muerte del donante.
- Solo aplica a donación en asistolia y no a donación en muerte encefálica.
Todas las preguntas del tema (28)
De la más reciente a la más antigua. Las respuestas, en el solucionario.
Una enfermera atiende a un paciente anciano con deterioro cognitivo leve. Durante la planificación del tratamiento, el hijo del paciente propone modificar la medicación sin consultar al médico. Ante esta situación y desde la perspectiva ética ¿cómo debe actuar la enfermera?:
- Aplicando el principio de justicia distributiva.
- Como representante del paciente, defendiendo su autonomía y bienestar.
- Apoyando la decisión de la familia, al considerar que el paciente, debido a su deterioro cognitivo, no tiene capacidad para comprender su situación clínica ni el tratamiento indicado.
- Imponiendo un tratamiento al paciente por considerar que lo necesita sin tener en cuenta su capacidad de decisión.
Respecto a la Declaración de Helsinki, señalar la respuesta correcta:
- Define la atención primaria como un conjunto esencial para la promoción de la salud.
- Expone los límites del secreto profesional.
- Establece los principios éticos para orientar la investigación en seres humanos.
- Define Beneficencia, Respeto y Justicia en el ámbito asistencial.
¿En qué principio se fundamenta el límite del secreto profesional relacionado con la comunicación de enfermedades infecciosas de declaración obligatoria?:
- Justicia.
- Beneficencia.
- No maleficencia.
- Autonomía.
La Bioética principialista fue formulada por primera vez por:
- Diego Gracia Guillén.
- Warren Thomas Reich.
- Aldo Leopold.
- Beauchamp y Childress.
La ética en la práctica clínica está alumbrada por el respeto a los cuatro principios bioéticos. Indique la respuesta correcta:
- El principio de Beneficencia es el principio bioético rector de todo acto asistencial de Enfermería.
- Los principios de Beneficencia y Justicia priman en el desarrollo de la práctica clínica sobre el principio de Autonomía del paciente.
- El principio de No Maleficencia primará en todo acto asistencial de Enfermería cuando entre en conflicto con el principio bioético de Beneficencia.
- El principio de Autonomía decisoria prima en el desarrollo de la investigación biomédica siempre que no entre en conflicto con el principio de Beneficencia.
La Enfermería como profesión científica, moderna y dinámica, tiene una gran implicación y papel en la investigación en el campo sanitario. Indique la respuesta correcta:
- La investigación en el campo sanitario implica la protección de datos especialmente sensibles y de carácter personal, pudiendo ser estos empleados en la investigación con finalidad diferente para la que han sido recogidos, sin la necesidad de consentimiento por parte de la persona afectada, siempre que la especial trascendencia de la investigación lo justifique.
- Los datos clínicos sensibles y de carácter personal utilizados en investigación pueden ser utilizados sin el consentimiento de la persona, siempre que se mantenga el deber de confidencialidad de los mismos y haya sido consensuado por los investigadores principales.
- El principio de autonomía decisoria de la persona sujeta a investigación, vertebra toda investigación biomédica salvo en los casos en que la persona renuncie a ello o la investigación tenga un nivel de trascendencia que la justifique.
- La investigación en salud debe proteger el principio de autonomía decisoria de la persona, prevaleciendo en todo el proceso su salud, bienestar y seguridad por encima del interés de la sociedad o de la ciencia.
Durante la labor de atención y cuidado a pacientes los principios bioéticos de autonomía, justicia, no maleficencia y beneficencia pueden entrar en conflicto. Indique la respuesta correcta:
- El principio bioético de autonomía y beneficencia primarán en caso de entrar en conflicto con el principio bioético de no maleficencia.
- El principio de no maleficencia determina de forma específica la no discriminación de ninguna persona en la labor asistencial, protegiendo de forma especial a aquellas personas menos desfavorecidas.
- El principio de justicia determina la libertad personal de cada paciente, que bien informado decide sobre lo que es bueno para él.
- El principio de no maleficencia primará si éste entra en conflicto con el principio bioético de beneficencia.
Una de las premisas del informe Belmont asegura en su contenido lo siguiente:
- Define como básicos en investigación biomédica los principios de beneficencia, justicia y utilidad en la práctica sanitaria y en investigación biomédica.
- Establece el respeto a la autonomía de la persona y la capacidad de decisión de no participar en una investigación una vez explicados los riesgos y beneficios de la misma, salvo en los casos de pacientes incapacitados o menores de edad.
- El grado de protección en investigación de las personas vulnerables dependerá de la probabilidad de obtener beneficio y de la propia decisión de la persona sujeta a investigación.
- La obligación de obtener un consentimiento informado donde el sujeto sometido a investigación biomédica acepta libremente participar tras una amplia explicación de riesgos y beneficios de la investigación.
Desde el punto de vista ético la investigación biomédica consta de una serie de garantías y premisas de obligado cumplimiento para dar al proceso la necesaria salvaguarda ético-legal. Señale la respuesta correcta:
- Desde el punto de vista ético la investigación biomédica garantiza que el interés y el bienestar de la sociedad o de la ciencia prevalecerá sobre el interés y el bienestar de la persona que participe en una investigación de éste tipo.
- Éticamente la investigación biomédica debe asegurar que la persona sujeta a investigación no sufre riesgos o molestias desproporcionadas a los beneficios potenciales que se puedan obtener de la misma.
- Desde el punto de vista ético y legal no se puede iniciar una investigación biomédica en los casos en que la persona por su situación clínica de emergencia no pueda otorgar su consentimiento.
- Si la investigación biomédica tiene la necesaria trascendencia e importancia clínica se procederá a retrasar o privar a los participantes de los procedimientos médicos, diagnósticos o terapéuticos que sean necesarios para su estado de salud.
Una de las premisas del informe Belmont es:
- La investigación y la práctica pueden llevarse a cabo juntas cuando la primera está diseñada para evaluar la seguridad y la eficacia de la segunda.
- Define como básicos los principios de beneficencia, justicia y utilidad en la práctica clínica e investigación.
- El grado de protección en investigación de las personas vulnerables dependerá de la probabilidad de obtener beneficio y de la propia decisión de la persona sujeta a investigación.
- Las aplicaciones de la investigación conducen a considerar la necesidad de la existencia de un consentimiento informado y la reciprocidad de los beneficios en investigación.
El Principialismo jerarquizado propuesto por Diego Gracia determina la existencia de una ética de máximos y una ética de mínimos caracterizada cada una de ellas por dos principios de los cuatro que conforman la Bioética, de forma que si los principios bioéticos entran en conflicto se deben preservar y proteger en primera instancia los siguientes:
- Autonomía y beneficencia.
- Beneficencia y justicia.
- Justicia y autonomía.
- No maleficencia y justicia.
¿Qué documento establece los principios éticos para las investigaciones médicas en seres humanos?:
- Declaración de los Derechos Humanos.
- Convenio de Oviedo.
- Declaración de Helsinki.
- Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos.
¿Cuál de los siguientes principios éticos hace referencia a la sociedad y considera posibles daños a terceras personas?:
- No-maleficencia.
- Beneficencia.
- Justicia.
- Autonomía.
¿Qué tipos de Comités de Ética existen en la actualidad?:
- Comités de Ética para las Familias de los Enfermos y Comités de Ética Asistencial.
- Comités de Ética para la vigilancia del Gasto Sanitario y Comités de Ética de la Investigación.
- Comités de Ética Asistencial o Asistenciales de Ética y Comités Éticos de Investigación Clínica.
- Comités éticos para la Mejora de la Practica Asistencial y Comités Éticos de Vigilancia Farmacológica.
¿Qué principios incluye la denominada Ética de mínimos?:
- Principios de autonomía y de beneficencia.
- Principios de autonomía y de justicia.
- Principios de no maleficencia y de beneficencia.
- Principios de no maleficencia y de justicia.
¿Qué es “Fundamentar” en Ética?:
- Dar respuesta “con fundamento” a las preguntas que nos presenta la profesión.
- Es dar razón que justifique los principios o normas morales. Abre la vía del diálogo y es una salvaguarda contra el dogmatismo.
- Encontrar respuesta a las preguntas fundamentales que nos hacen los pacientes.
- Dar la respuesta más adecuada a las preguntas de los pacientes, basadas en nuestros principios.
A la capacidad de captar los principios por los que se distingue entre lo que es moralmente bueno o malo se le denomina:
- Acción moral.
- Conciencia moral.
- Libertad moral.
- Ideal moral.
- Capacidad moral.
El modelo de fundamentación ética expuesto por Carol Gilligan se denomina Ética:
- De Máximos.
- Del Deber.
- Del Cuidado.
- De Mínimos.
- De la Justicia.
Los cuatro principios de la bioética, no maleficencia, beneficencia, justicia y autonomía fueron propuestos:
- Por Beauchamp y Childress.
- En el Informe Belmont.
- En el Convenio de Oviedo.
- En la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Por Diego Gracia.
El documento que sienta los principios de la Bioética respecto a la autonomía de las personas, beneficencia y justicia, y fija los requisitos básicos del consentimiento informado, la valoración de riesgos y beneficios y la selección de los sujetos es:
- La Declaración de Helsinki de 1964.
- El Informe Belmont de 1978.
- Los principios de la Ética Biomédica de 1979.
- El Convenio de Oviedo de 1997.
- El Código Deontológico.
En la prevalencia de los principios bioéticos, los principios de justicia y de no maleficencia se encuadran en una ética:
- De máximos.
- De mínimos.
- Deontológica.
- Pluralista.
- De excelencia.
El principio bioético que se basa en el criterio primum non nocere es el de:
- Responsabilidad.
- Autonomía.
- Beneficencia.
- No maleficencia.
- Justicia.
Al modelo de fundamentación ética propuesto por Carol Gilligan, en 1982, se le denomina:
- Ética de Máximos.
- Ética del Deber.
- Ética de los Principios.
- Ética del Cuidado.
- Ética de Mínimos.
El origen de la palabra “BIOÉTICA” se le atribuye a:
- Diego Gracia, en 1989.
- Andre Hellegers, en 1971.
- Van Rensselaer Potter, en 1970.
- Aldo Leopold, en 1988.
- Margaret Mead, en 1957.
La ética de máximos incluye los principios de:
- No maleficencia y justicia.
- Autonomía y beneficencia.
- No maleficencia y beneficencia.
- Justicia y autonomía.
- Autonomía y no maleficencia.
De acuerdo con el informe Belmont, no hacer daño y extremar los posibles beneficios y minimizar los posibles riesgos, al proporcionar cuidados enfermeros, son expresiones básicas del principio de:
- Beneficencia.
- No maledicencia.
- Autonomía.
- Justicia.
- Respeto.
Cuando una persona fundamenta la norma moral en argumentos distintos a su razón práctica, lo hace desde una fuente:
- Interna.
- Externa.
- Homogénea.
- Heterogénea.
- Dependiente.
De acuerdo con el informe Belmont de 1978, los principios de la bioética son:
- Autonomia, no maledicencia y justicia.
- Respecto por las personas, beneficencia y justicia.
- Extremar los beneficios y minimizar los riesgos.
- Respecto por la dignidad de la persona y autonomía.
- Hacer el bien al enfermo, aun sin contar con él, y no malidicencia.
Preguntas que también podrían ser de este tema (3)
La clasificación automática dudó entre este tema y otro.
El principio conocido como “Ley del Donante Muerto” (Dead Donor Rule), fundamental en bioética y medicina de trasplantes, establece que:
- Los órganos no podrán extraerse del donante por equipos que participen en el cuidado del paciente en la última etapa de la vida, para evitar conflictos de intereses.
- Los órganos pueden extraerse si el pronóstico vital es terminal, aunque el paciente no haya fallecido.
- Los órganos solo pueden extraerse de donantes legal y éticamente fallecidos, y el acto de extracción no debe causar la muerte del donante.
- Solo aplica a donación en asistolia y no a donación en muerte encefálica.
Que las profesiones tengan un “bien interno” que las define, significa que tienen:
- Un compromiso moral y unos fines que han de alcanzarse mediante el cumplimiento de ciertos principios y la observación de ciertos valores.
- Una ética profesional intrínseca a esa profesión que la define, la dota de sentido y justifica su existencia y valor.
- Que ser desarrolladas por profesionales altamente cualificados académicamente.
- Que sustentarse por leyes y normas dictadas por los máximos responsables sanitarios.
- Las respuestas 1 y 2 son las correctas.
Que las profesiones tengan un “bien interno” que las define, significa que tienen:
- Un compromiso moral y unos fines que han de alcanzarse mediante el cumplimiento de ciertos principios y la observancia de ciertos valores.
- Una ética profesional intrínseca a esa profesión que la define, la dota de sentido y justifica su existencia y su valor.
- Que ser desarrolladas por profesionales altamente cualificados académicamente.
- Que sustentarse por leyes y normas dictadas por los máximos responsables sanitarios.
- Las alternativas 1 y 2 son las correctas.
Solucionario
| Nº | Pregunta | Respuesta oficial | Notas |
|---|---|---|---|
| P1 | EIR 2026 · 142 | 2 | |
| P2 | EIR 2026 · 139 | 3 | |
| P3 | EIR 2026 · 138 | 3 | |
| P4 | EIR 2026 · 134 | 4 | |
| P5 | EIR 2025 · 20 | 3 | |
| P6 | EIR 2025 · 16 | 4 | |
| P7 | EIR 2024 · 26 | 4 | |
| P8 | EIR 2023 · 157 | 4 | hoja del archivo oficial |
| P9 | EIR 2022 · 58 | 2 | |
| P10 | EIR 2021 · 182 | 1 | |
| P11 | EIR 2021 · 49 | 4 | |
| P12 | EIR 2019 · 66 | 3 | hoja del archivo oficial |
| P13 | EIR 2019 · 65 | 3 | hoja del archivo oficial |
| P14 | EIR 2018 · 6 | 3 | hoja del archivo oficial |
| P15 | EIR 2018 · 4 | 4 | hoja del archivo oficial |
| P16 | EIR 2018 · 3 | 2 | hoja del archivo oficial |
| P17 | EIR 2015 · 44 | 2 | reconstruida por un tercero |
| P18 | EIR 2015 · 43 | 3 | reconstruida por un tercero |
| P19 | EIR 2015 · 40 | 1 | reconstruida por un tercero |
| P20 | EIR 2014 · 189 | 2 | reconstruida por un tercero |
| P21 | EIR 2014 · 36 | 2 | reconstruida por un tercero |
| P22 | EIR 2013 · 167 | 4 | reconstruida por un tercero |
| P23 | EIR 2013 · 30 | 4 | reconstruida por un tercero |
| P24 | EIR 2013 · 29 | 3 | reconstruida por un tercero |
| P25 | EIR 2011 · 17 | 2 | |
| P26 | EIR 2007 · 96 | 1 | reconstruida por un tercero |
| P27 | EIR 2007 · 95 | 2 | reconstruida por un tercero |
| P28 | EIR 2006 · 97 | 2 | reconstruida por un tercero |
| P29 | EIR 2026 · 119 | 3 | |
| P30 | EIR 2014 · 32 | 5 | reconstruida por un tercero |
| P31 | EIR 2013 · 32 | 5 | reconstruida por un tercero |
Fuentes
- F1 Hernando P, Marijuán M. Método de análisis de conflictos éticos en la práctica asistencial. Anales del Sistema Sanitario de Navarra 2006;29(supl. 3). Edición en SciELO España (ISCIII). · https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1137-66272006000600010 · consultada 2026-09-26
- F2 National Commission for the Protection of Human Subjects of Biomedical and Behavioral Research. The Belmont Report. Ethical Principles and Guidelines for the Protection of Human Subjects of Research. 18 de abril de 1979. HHS, Office for Human Research Protections. Texto leído en la copia de la Wayback Machine de esta URL (4-1-2026), porque la web oficial bloquea la lectura automática. · https://www.hhs.gov/ohrp/regulations-and-policy/belmont-report/read-the-belmont-report/index.html · consultada 2026-09-26
- F3 Asociación Médica Mundial. Declaración de Helsinki de la AMM – Principios éticos para las investigaciones médicas con participantes humanos. Revisión de la 75.ª Asamblea General, Helsinki, octubre de 2024. · https://www.wma.net/es/policies-post/declaracion-de-helsinki-de-la-amm-principios-eticos-para-las-investigaciones-medicas-en-seres-humanos/ · consultada 2026-09-26
- F4 Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica. BOE núm. 159, de 4 de julio de 2007 (texto consolidado). · https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-12945 · consultada 2026-09-26
- F5 Instrumento de Ratificación del Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (Convenio de Oviedo, 4 de abril de 1997). BOE núm. 251, de 20 de octubre de 1999. · https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-20638 · consultada 2026-09-26
- F6 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, disposición adicional decimoséptima. BOE (texto consolidado). · https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-16673 · consultada 2026-09-26
- F7 UNESCO. Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos. París, 19 de octubre de 2005. · https://www.unesco.org/es/legal-affairs/universal-declaration-bioethics-and-human-rights · consultada 2026-09-26
- F8 Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos. BOE (texto consolidado). · https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-14082 · consultada 2026-09-26
- F9 Potter VR. Bioethics, the Science of Survival. Perspectives in Biology and Medicine 1970;14(1):127-153. DOI 10.1353/pbm.1970.0015. · https://doi.org/10.1353/pbm.1970.0015 · consultada 2026-09-26
- F10 The Emergence and Development of Bioethics in the UK. Medical Law Review 2018. DOI 10.1093/medlaw/fwy011. Texto completo en PubMed Central (PMC5963301). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC5963301/ · consultada 2026-09-26
- F11 Cultivating a «Habitus of Multiplicity» in Cross-Cultural Medicine. Nursing Philosophy 2026. DOI 10.1111/nup.70065. Texto completo en PubMed Central (PMC12867508). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC12867508/ · consultada 2026-09-26
- F12 Time to expand a paradigm: Healthcare sustainability and eco-ethical assessment. Bioethics 2025. DOI 10.1111/bioe.70008. Texto completo en PubMed Central (PMC12232585). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC12232585/ · consultada 2026-09-26
- F13 What can history do for bioethics? Bioethics 2013. DOI 10.1111/j.1467-8519.2011.01933.x. Texto completo en PubMed Central (PMC3654172). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC3654172/ · consultada 2026-09-26
- F14 Ethics — A matter of principle? 2024. DOI 10.5840/jsce200424129. Texto completo en PubMed Central (PMC11633310). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC11633310/ · consultada 2026-09-26
- F15 Preserving the right to future children. American Journal of Bioethics 2012. DOI 10.1080/15265161.2012.673688. Texto completo en PubMed Central (PMC3642619). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC3642619/ · consultada 2026-09-26
- F16 The core values and principles of public health: a contemporary treatise. Frontiers in Public Health 2026. DOI 10.3389/fpubh.2026.1919058. Texto completo en PubMed Central (PMC13586850). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC13586850/ · consultada 2026-09-26
- F17 From ethics of care to psychology of care. Frontiers in Psychology 2014. DOI 10.3389/fpsyg.2014.01135. Texto completo en PubMed Central (PMC4201096). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC4201096/ · consultada 2026-09-26
- F18 Partial and impartial ethical reasoning in health care professionals. Journal of Medical Ethics 1997;23(4):226. DOI 10.1136/jme.23.4.226. Texto completo en PubMed Central (PMC1377271). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC1377271/ · consultada 2026-09-26
- F19 The Medical Home: Locus of Physician Formation. Journal of the American Board of Family Medicine 2008. DOI 10.3122/jabfm.2008.05.080083. Texto completo en PubMed Central (PMC3776409). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC3776409/ · consultada 2026-09-26
- F20 Couceiro A. Los niveles de la justicia sanitaria y la distribución de los recursos. Anales del Sistema Sanitario de Navarra 2006;29(supl. 3). Edición en SciELO España (ISCIII). · https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1137-66272006000600007 · consultada 2026-09-26
- F21 Death, organ transplantation and medical practice. Philosophy, Ethics, and Humanities in Medicine 2008;3:5. DOI 10.1186/1747-5341-3-5. Texto completo en PubMed Central (PMC2276227). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC2276227/ · consultada 2026-09-26
- F22 Patuzzo Manzati S et al. Donation After Circulatory Death following Withdrawal of Life-Sustaining Treatments. Are We Ready to Break the Dead Donor Rule? Journal of Bioethical Inquiry 2024. DOI 10.1007/s11673-024-10382-8. Texto completo en PubMed Central (PMC12263745). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC12263745/ · consultada 2026-09-26
- F23 Consejo Internacional de Enfermeras. Código de Ética del CIE para las Enfermeras. Revisado en 2021 (versión española). · https://www.icn.ch/sites/default/files/2023-06/ICN_Code-of-Ethics_SP_WEB.pdf · consultada 2026-09-26
- F24 Consejo General de Enfermería. Código Deontológico de la Enfermería Española (Resoluciones 32/89 y 2/98), arts. 19-21. Texto leído en la copia de la Wayback Machine de esta URL (29-7-2025), porque la web oficial ya no lo sirve. · https://web.archive.org/web/20250729194126/https://www.consejogeneralenfermeria.org/pdfs/deontologia/codigo-deontologico-2023.pdf · consultada 2026-09-30
- F25 Journal of Medicine and Philosophy 2021 (cita literal de Beauchamp y Childress, 1.ª ed., 1979, p. 59). DOI 10.1093/jmp/jhab004. Texto completo en PubMed Central (PMC8188809). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC8188809/ · consultada 2026-09-26
- F26 Iraburu M. Confidencialidad e intimidad. Anales del Sistema Sanitario de Navarra 2006;29(supl. 3). Edición en SciELO España (ISCIII). · https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1137-66272006000600006 · consultada 2026-09-26
- F27 Barrio IM, Molina A, Sánchez CM, Ayudarte ML. Ética de enfermería y nuevos retos. Anales del Sistema Sanitario de Navarra 2006;29(supl. 3). Edición en SciELO España (ISCIII). · https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1137-66272006000600005 · consultada 2026-09-26
- F29 Cortina A. La conciencia moral: entre la naturaleza y la autonomía. Cuadernos Salmantinos de Filosofía 2013;40:249-262. DOI 10.36576/summa.32440. Repositorio oficial de la Universidad Pontificia de Salamanca. · https://summa.upsa.es/high.raw?id=0000032440&name=00000001.original.pdf · consultada 2026-09-26
- F30 Cortina A. Ética de las biotecnologías. Isegoría 2002;27. DOI 10.3989/isegoria.2002.i27.555. · https://isegoria.revistas.csic.es/index.php/isegoria/article/view/555 · consultada 2026-09-26
- F31 Cortina A. Ethica cordis. Isegoría 2007;37:113-126 (CSIC). · https://isegoria.revistas.csic.es/index.php/isegoria/article/download/112/112/112 · consultada 2026-09-26
- F32 Decreto 177/2000, de 22 de junio, por el que se regula la creación y autorización de los comités de ética asistencial. Diario Oficial de Galicia núm. 130, de 5 de julio de 2000. · https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2000/20000705/AnuncioF336_es.html · consultada 2026-09-26
- F33 Office for Human Research Protections (HHS). Institutional Review Board Guidebook, Introduction, B. The Belmont Report (archivo de OHRP). Texto leído en la copia de la Wayback Machine de esta URL (13-4-2016), porque la web oficial bloquea la lectura automática (403). · https://www.hhs.gov/ohrp/archive/irb/irb_introduction.htm · consultada 2026-09-26
- F34 Kennedy Institute of Ethics, Georgetown University. About. · https://kennedyinstitute.georgetown.edu/about/ · consultada 2026-09-26
- F35 Consejo General de Enfermería. Test de proporcionalidad del nuevo Código Ético y Deontológico de la Enfermera Española (Resolución 5/2025, aprobada el 16-12-2025). · https://www.consejogeneralenfermeria.org/institucional/comision-deontologica-nacional-de-enfermeria/codigo-deontologico/aprobacion-codigo-deontologico/send/216-aprobacion-codigo-deontologico/3159-test-proporcionalidad-nuevo-codigo-etico-deontologico-de-la-enfermera-espanola · consultada 2026-09-30
- F36 Frontiers in Sociology 2022 (cita de MacIntyre, After Virtue, 1981/2007). DOI 10.3389/fsoc.2022.1019804. Texto completo en PubMed Central (PMC9650410). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC9650410/ · consultada 2026-09-26
- F28 Frontiers in Medicine 2026. DOI 10.3389/fmed.2026.1888397. Texto completo en PubMed Central (PMC13581949). · https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC13581949/ · consultada 2026-09-26
- F37 Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, Comisión Deontológica Nacional de Enfermería. Código Ético y Deontológico de la Enfermera Española. 2026, art. 29. · https://www.consejogeneralenfermeria.org/images/Codigo_deontologico_CGE_2026.pdf · consultada 2026-09-28
- F38 Feito L. Fundamentos de Bioética, de Diego Gracia. Bioètica & Debat 2011;17(64):8-11. Institut Borja de Bioètica. · http://www.iborjabioetica.url.edu/sites/default/files/2019-07/64_B_D_es.pdf · consultada 2026-09-28
- F39 Aguilera Dreyse B, López Gaete G. ¿Tiene el médico el deber moral de trabajar en el sector público de salud? Consideraciones éticas sobre las obligaciones sociales del médico. Medwave, publicado el 22-12-2017. DOI 10.5867/medwave.2017.09.7105. · https://www.medwave.cl/enfoques/ensayo/7105.html · consultada 2026-09-28
- F40 Lorenzo Izquierdo D. MacIntyre, las virtudes, la medicina y la enfermería. Institut Borja de Bioètica, 17-7-2025. · https://www.iborjabioetica.url.edu/es/blog-de-bioetica-debat/macintyre-las-virtudes-la-medicina-y-la-enfermeria · consultada 2026-09-28
- F41 Andino C. Ética de mínimos y pluralidad democrática. Aportes actuales de la ética civil de Adela Cortina. Revista Científica de la UCSA 2017;4(1):67-79. DOI 10.18004/ucsa/2409-8752/2017.004(01)067-079. · http://scielo.iics.una.py/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2409-87522017000100067 · consultada 2026-09-28
- F42 Consejo General de Enfermería. La enfermería española ya tiene un Código Ético y Deontológico actualizado al siglo XXI. Nota de prensa, Madrid, 24 de abril de 2026. · https://www.consejogeneralenfermeria.org/actualidad-y-prensa/sala-de-prensa/notas-prensa/send/20-notas-de-prensa/3237-la-enfermeria-espanola-ya-tiene-un-codigo-etico-y-deontologico-actualizado-al-siglo-xxi · consultada 2026-09-28
- F43 Barbero Gutiérrez J, Sánchez Caballero M, Martín Cortecero JM. Secreto profesional y riesgo vital para un tercero identificado: metodología de análisis ético en torno a un caso. Revista de la Asociación Española de Neuropsiquiatría 2013;33(119). DOI 10.4321/S0211-57352013000300007. · https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0211-57352013000300007 · consultada 2026-09-28
- F44 INSALUD, Subdirección General de Atención Especializada. Circular 3/95 (fecha 30-3), Comités asistenciales de ética. Copia en la web de la Conselleria de Sanitat de la Generalitat Valenciana. · https://www.san.gva.es/documents/d/bioetica/7circular395insalud · consultada 2026-09-28
- F45 Decreto 101/2021, de 8 de julio, por el que se crea la Comisión de Garantía y Evaluación de la Eutanasia de la Comunidad Autónoma de Galicia (modifica el Decreto 177/2000). DOG núm. 130, de 9 de julio de 2021. · https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210709/AnuncioC3K1-080721-0006_es.html · consultada 2026-09-28
Pendiente de verificar
- Expresiones «obligaciones perfectas/imperfectas» asociadas a los mínimos y máximos de Diego Gracia: no halladas en fuente abierta válida (Feito, F38, habla de ética pública y privada, no de perfectas e imperfectas). Buscar en Júdez J, Gracia D, Med Clin (Barc) 2001;117:18-23 (DOI 10.1016/S0025-7753(01)71998-7).
- Qué principio fundamenta el límite del secreto profesional por las enfermedades de declaración obligatoria: ninguna fuente consultada lo atribuye expresamente; F43 sitúa en la no maleficencia el conflicto de callar ante un riesgo vital para un tercero identificado, pero no trata las EDO (la clave oficial de EIR2026-138 dice no maleficencia).
- Día exacto de entrada en vigor del nuevo Código Ético y Deontológico de la Enfermera Española (aprobado en diciembre de 2025): la nota del CGE de 24-4-2026 (F42) dice que ya está en vigor, sin dar la fecha concreta.
- Vigencia actual del Decreto gallego 177/2000 de comités de ética asistencial: el Decreto 101/2021 (F45) prueba que se modificó en julio de 2021, pero ninguna fuente leída dice si sigue vigente hoy ni si se derogó después.
- Equivalencia entre basar la norma moral en algo distinto de la propia razón práctica y hablar de «fuente externa» (EIR2007-095): Cortina (F29) no usa las expresiones «fuente interna» ni «externa»; el tema solo recoge lo que dice el texto.
- Fichas oficiales de Harvard University Press («In a Different Voice», Gilligan, 1982) y de Oxford University Press («Principles of Biomedical Ethics»): hup.harvard.edu y global.oup.com devuelven a curl un HTTP 202 vacío (reto anti-bots); no se buscó rodeo.